En esta entrada adjudico el texto completo que contiene el resto de las 10 acciones prioritarias que se propuso la UE con esta normativa.
Acciones prioritarias para potenciar la eficacia y la accesibilidad de los sistemas
de trasplante
Incluso entre países de la UE con servicios sanitarios y de trasplante bien desarrollados, todavía hay diferencias considerables en cuanto a la donación y trasplante de órganos. Está claro que algunos sistemas organizativos funcionan mejor que otros. Por lo tanto, en el plan de acción se fomentan iniciativas para identificar los sistemas más eficaces, compartir experiencias y promover buenas prácticas adecuadas a las características locales.
Apoyo y orientación para los sistemas de trasplante
El plan de acción
invita a los Estados miembros a aumentar la eficacia de sus sistemas de trasplante (acción prioritaria 6). Con este fin, elaborarán sus propias acciones nacionales prioritarias en 2009, que constituirán la base para evaluar globalmente en qué medida han alcanzado los objetivos comunes mencionados.
Después, los Estados miembros establecerán, en estrecha colaboración con la Comisión, un grupo común de indicadores para supervisar la política en materia de órganos y una metodología para evaluar el potencial en cada Estado miembro. Hay que adoptar definiciones comunes de términos y una metodología compartida para evaluar los resultados de los sistemas de trasplante. La Comisión ayudará a los Estados miembros a alcanzar este objetivo, concretamente mediante recomendaciones ad hoc sobre la base de informes periódicos. El plan de acción también insta a los Estados miembros a promover proyectos en partenariado y programas con evaluación externa, que deben formar parte de un proceso voluntario de aprendizaje mutuo. En las evaluaciones externas deben examinarse las políticas, programas o arreglos institucionales existentes considerados buenas prácticas en las diversas acciones nacionales prioritarias. Esto podría ser útil para los Estados miembros al diseñar y aplicar
políticas más eficaces y efectivas.
Intercambio de órganos entre los Estados miembros
El intercambio de órganos es ya práctica común entre los Estados miembros. No obstante, sigue habiendo grandes diferencias entre el número de órganos intercambiados entre los Estados miembros que han creado organismos y establecido normas para el intercambio internacional de órganos, como Eurotransplant y Scandiatransplant, y los demás Estados miembros. Los participantes en la zona de Eurotransplant intercambian entre sí en torno al 20 % de todos los órganos que se trasplantan cada año (unos 3 300), mientras que solamente el 2 % de esos órganos salen o entran en la zona Eurotransplant. Los Estados miembros que no tienen este tipo de acuerdos globales intercambian muchos menos órganos, si bien el índice puede aumentar si se establecen acuerdos bilaterales.
Estas diferencias de índices de intercambio indican que no se ha alcanzado todavía la capacidad máxima de intercambio de órganos. Si no hay intercambio de órganos entre Estados miembros, habrá muy pocas perspectivas de encontrar un órgano para determinados receptores difícilmente compatibles, mientras que algunos donantes no serán tenidos en cuenta por no haber receptores compatibles en las listas de espera de su país. Esto es aún más cierto en el caso de pacientes de difícil tratamiento (niños, casos urgentes o personas hipersensibles, que requieren una compatibilidad muy específica) y en el de Estados miembros pequeños, en general. Por eso, el plan de acción aspira a
disponer de un sistema o una estructura para el intercambio de órganos para casos urgentes y pacientes de difícil tratamiento (acción prioritaria 8). Con ayuda de la Comisión y financiación comunitaria podría diseñarse una herramienta informática para ello. La Comisión también ayudará a los Estados miembros a crear un sistema estructurado de intercambio de órganos excedentes.
Acuerdos a escala comunitaria sobre aspectos de la medicina de los trasplantes
El plan de acción apoya decididamente la celebración de acuerdos a escala comunitaria sobre diversos aspectos de la medicina de los transplantes. Un método de cooperación es el marco ideal para debatir cuestiones de interés mutuo, proponer soluciones comunes y crear mecanismos conjuntos de supervisión. Por ejemplo, se aconseja que los Estados miembros establezcan tales acuerdos a escala comunitaria para todo lo relativo a la medicina de los trasplantes en el caso de los pacientes extracomunitarios.
Este método de cooperación es crucial para determinar los principales desafíos de la creciente movilidad de los pacientes, en especial en regiones fronterizas y en Estados miembros pequeños. El plan de acción recomienda que se celebren acuerdos a escala comunitaria para establecer las normas de base de una movilidad intracomunitaria de los pacientes por lo que se refiere a los trasplantes, de acuerdo con el principio de libre circulación de los beneficiarios de servicios establecido en el Tratado CE y en la legislación comunitaria. Estos acuerdos facilitarán en la práctica los procedimientos pertinentes y solucionarán los posibles problemas de equidad de los sistemas de trasplante.
También hay que fomentar una comprensión común de las prioridades y estrategias de los futuros programas de investigación sobre la donación y el trasplante de órganos. Cabría estudiar la creación de una red europea de investigación en materia de trasplantes en el marco de un acuerdo comunitario que estableciese prioridades y objetivos comunes.
Por ejemplo, Italia intercambia ahora más órganos con Grecia y Eslovaquia, con quienes firmó
recientemente acuerdos bilaterales
Trafico de órganos
Una de las posibles consecuencias de la escasez de órganos es el tráfico de órganos humanos, que puede estar vinculado con la trata de seres humanos con el fin de quitarles órganos, lo cual constituye una violación grave de los derechos fundamentales y, en particular, de la dignidad humana y la integridad física. Existen grupos delictivos organizados que buscan y obtienen órganos de donantes en países en desarrollo para venderlos a receptores en la Unión Europea.
Si bien se reconoce que el modo ideal de luchar contra el tráfico de órganos es aumentar la oferta, el plan de acción insta entre tanto a los Estados miembros a celebrar acuerdos a escala comunitaria para supervisar la envergadura del tráfico de órganos en Europa. Dada la falta de información factual al respecto, estos acuerdos ayudarán a los Estados miembros, mediante la colaboración y el intercambio activo de información, a estudiar y ulteriormente encontrar las mejores maneras de supervisar el tráfico de órganos.
Al mismo tiempo, la Comisión seguirá trabajando, por su parte y con otras organizaciones internacionales como el Consejo de Europa y la Organización Mundial de la Salud, para combatir el tráfico de órganos.
Acciones prioritarias para mejorar la calidad y la seguridad
Estas acciones complementarán el marco jurídico europeo mencionado en la Comunicación de la Comisión sobre donación y trasplante de órganos. El futuro instrumento jurídico abarcará los principios necesarios para establecer un marco básico de calidad y seguridad en toda la UE, como, por ejemplo, la designación de autoridades competentes nacionales y la creación de otras estructuras pertinentes.
Mejora de los procedimientos de seguimiento y registro
El plan de acción propone
complementar este marco jurídico por una compilación de la información en forma de registros para facilitar la evaluación de los resultados de los trasplantes (acción prioritaria 9), lo que a su vez ayudará a establecer buenas prácticas médicas en materia de donación y trasplante de órganos. La evaluación de los resultados de los trasplantes gracias a definiciones comunes de términos y a una metodología compartida, según sugiere el plan de acción, podría contribuir a fomentar registros comunitarios, en caso de necesidad, que deben ajustarse al marco jurídico europeo existente sobre la protección de datos personales, en particular la Directiva 95/46/CE, o a crear una metodología para comparar los resultados de los registros existentes de seguimiento de los pacientes a quienes se ha trasplantado un órgano.
En un esfuerzo por ampliar el conjunto de órganos disponibles para trasplantes, también conviene estudiar el recurso a donantes subóptimos (médicamente solo indicados para receptores específicos en circunstancias concretas). Como, en la práctica, no se dispone de suficientes datos experimentales para establecer límites de seguridad, el plan de acción recomienda definiciones comunes de términos y una metodología compartida para contribuir a determinar niveles aceptables de riesgo en el recurso a donantes subóptimos. Para ello servirá esta compilación de información.
En definitiva, estas acciones ayudarán a los Estados miembros a establecer y promover buenas prácticas médicas de donación y trasplante de órganos sobre bases factuales.
Sistema común de acreditación
El plan de acción también pretende poner a punto una metodología de apoyo al marco jurídico de la UE para que los Estados miembros homologuen programas de donación, obtención y trasplante de órganos. Esto contribuiría, a largo plazo, a
construir un sistema común de acreditación de programas de donación, obtención y trasplante de órganos (acción prioritaria 10)
a escala unionitaria y serviría de apoyo para los centros de excelencia.